PROLOGO>CONSENSO 
  ATENCION FARMACEUTICA
   
CONSENSO SOBRE 
ATENCIÓN FARMACÉUTICA
PRESENTACIÓN
 
INDICE
 
  - Introducción. Situación actual de los conceptos relacionados 
    con la atención farmacéutica.
  - La dispensación
2.1. Evolución del servicio de dispensación
  2.2. Objetivos de este servicio en el entorno de la atención farmacéutica.
   
     
  
  2.3. Requisitos de este modelo de dispensación
  2.4. Diseño del servicio de dispensación
  2.5. Evaluación del servicio de dispensación
  2.6. Resumen: Elementos indispensables para una adecuada dispensación
  
 
  - La consulta o indicación farmacéutica (medicamentos 
    que no requieren prescripción médica)
3.1. Concepto
3.2. Objetivos de este servicio en el entorno de la atención farmacéutica
3.3. Requisitos de este modelos de consulta o indicación farmacéutica
3.4. Diseño del servicio de consulta o indicación farmacéutica
3.5. Evaluación del servicio de consulta o indicación farmacéutica
3.6. Resumen: Elementos indispensables para la adecuada consulta o indicación farmacéutica
   
  - El seguimiento farmacoterapéutico personalizado
4.1. Concepto
  4.2. Objetivos de este servicio en el entorno de la atención farmacéutica
  4.3. Requisitos del servicio de seguimiento farmacoterapéutico personalizado
  4.4. Diseño del servicio de seguimiento farmacoterapéutico 
    personalizado
  4.5. Evaluación de la práctica del seguimiento farmacoterapéutico 
    personalizado
  4.6. Resumen: Elementos indispensables para el adecuado seguimiento farmacoterapéutico 
    personalizado. 
  
  - Conclusiones y recomendaciones .
  - Bibliografía
CONSENSO SOBRE ATENCIÓN FARMACÉUTICA
- Introducción. Situación actual de los conceptos relacionados con la atención farmacéutica
La implantación generalizada del modelo de atención 
  farmacéutica en España plantea como primera necesidad el circunscribir 
  adecuadamente el término atención farmacéutica en el marco 
  defunciones encomendadas al farmacéutico por la Ley 16/1997 de Regulación 
  de Servicios de las Oficinas de Farmacia. Tras debatir las diferentes interpretaciones 
  del término en la actualidad y analizar su significado en la legislación 
  nacional y autonómica, se puso de manifiesto la necesidad de estructurar 
  las distintas actuaciones profesionales, agrupándolas bajo una denominación 
  que cumpla con las siguientes características:
- Que implique la gestión del conocimiento farmacéutico 
  aplicada a un paciente determinado
- Que sea reconocido por otros colectivos profesionales y por 
  la población
Bajo esta perspectiva, recogiendo las distintas funciones asistenciales 
  del farmacéutico, marcadas por la mencionada Ley 16/07, y por las distintas 
  leyes autonómicas en materia de farmacia, se distinguen las siguientes 
  situaciones:
     
 
   
    |  | ADQUISICIÓN CUSTODIA ALMACENAMIENTO CONSERVACIÓN De materias 
        primas Especialidades Farmacéuticas 
        y productos sanitarios |  | DISPENSACIÓN   FORMULASCIÓN MAGISTRAL 
     |  | CONSULTA 
        FARMACÉUTICA FORMACIÓN EN USO RACIONAL EDUCACIÓN 
        SANITARIA FARMACOVIGILANCIA 
     |  | SEGUIMIENTO DEL TRATAMIENTO FARMACOLÓGICO 
         
     | 
   
    |  | Actividades orientadas 
        al medicamento |  |  Actividades 
        orientadas al paciente | 
   
    |  |  |  |  |  |  |  |  | 
 
A partir de este esquema, se pretende potenciar las actividades 
  asistenciales orientadas fundamentalmente al paciente que consume medicamentos, 
  cuyo beneficio es el principal objetivo del ejercicio del farmacéutico 
  como profesional sanitario. Para ello es necesario promover un modelo de implantación 
  de la atención farmacéutica teniendo como meta alcanzar la máxima 
  aportación profesional en cada actividad, y tendiendo a la generalización 
  de la práctica del seguimiento del tratamiento farmacoterapéutico 
  individualizado por el farmacéutico. Para asentar 
las bases de este modelo de ejercicio profesional se proponen 
  los siguientes conceptos:
 
   
    | "ATENCIÓN FARMACÉUTICA es la 
        participación activa del farmacéutico para la asistencia 
        al paciente en la dispensación y seguimiento de un tratamiento 
        farmacoterapéutico, cooperando así con el médico 
        y otros profesionales sanitarios a fin de conseguir resultados 
        que mejoren la calidad de vida del paciente. También conlleva la implicación del farmacéutico 
        en actividades que proporcionen buena salud y prevengan las enfermedades" | 
 
 
   
    | "Dentro de la ATENCIÓN FARMACÉUTICA 
      se distinguen actividades que podrían agruparse en el ámbito 
      de la CLÍNICA por estar orientadas a la asistencia al sujeto 
      en el manejo de los medicamentos antes que al medicamentos en sí. 
      Son actuaciones como: la indicación de medicamentos que no requieren 
      prescripción médica, prevención de la enfermedad, educación 
      sanitaria, farmacovigilancia, seguimiento farmacoterapéutico personalizado 
      y todas aquellas otras que se relacionan con el uso racional del medicamento. 
      " | 
 
 
 
Por su importancia entre estas actividades clínicas, 
  se destaca la siguiente función asistencial:
   
    | "SEGUIMIENTO FARMACOTERAPÉUTICO 
      PERSONALIZADO, es la práctica profesional en la que el farmacéutico 
      se responsabiliza de las necesidades del paciente relacionadas con los 
      medicamentos mediante la detección, prevención y resolución 
      de problemas relacionados con la medicación (PRM), de forma continuada, 
      sistematizada y documentada, en colaboración con el propio paciente 
      y con los demás profesionales del sistema de salud, con el fin de 
      alcanzar resultados concretos que mejoren la calidad de vida del paciente. 
      " | 
 
Tomando como base estos conceptos, existen una serie de elementos 
  que deben ser tenidos en cuenta en el diseño de esta práctica 
  profesional:
   
  
- Las distintas definiciones no implican niveles diferentes en los que un 
    profesional pueda « pararse ». Todas las actividades han de diseñarse 
    como servicio continuado, y de modo que sirvan de mecanismo para ofrecer 
    al paciente protección frente a la aparición o presencia de 
    problemas relacionados con los medicamentos, tanto en la dispensación 
    (principal servicio demandado por los usuarios de las farmacias), como en 
    la consulta o indicación farmacéutica, la educación sanitaria 
    y por supuesto en el seguimiento farmacoterapéutico personalizado.
   
  
- Es necesario establecer unas pautas profesionales concretas y claras, 
    que permitan la implantación generalizada de un ejercicio profesional 
    farmacéutico para un nuevo concepto de Farmacia. Éste ha de 
    ser construido sobre las bases de la práctica profesional actual, con 
    un enfoque realista, sin caer en la ambigüedad ni en la indefinición, 
    pero de forma acorde con el alto nivel de exigencia de los servicios sanitarios.
   
  
- Para la consecución de este objetivo es preciso definir una cartera 
    de servicios. Esto supone la oferta de un conjunto de servicios que responden 
    a las necesidades y demandas de la población, sustentadas en criterios 
    científico técnicos y en prioridades de política sanitaria.
   
  
- La justificación de la Cartera de Servicios está en la necesidad 
    de clarificar y diferenciar la oferta de los servicios que debe desarrollarse 
    en las oficinas de farmacia, a fin de mostrar a los usuarios la actividad 
    a desarrollar, servir como uno de los instrumentos de medida de dicha actividad 
    y permitir su valoración.
  - Se considera que, sin perjuicio de otros servicios 
    que pudieran ser ofertados en la Cartera de Servicios, hay tres que son esenciales 
    en el modelo actual de ejercicio profesional del farmacéutico orientado 
    a las necesidades del paciente, por lo que en este documento se desarrollan 
    con especial detenimiento.
   
  
   
  
- Dispensación de especialidades farmacéuticas. Éste 
    es el servicio más demandado por el ciudadano que acude a una farmacia. 
    Es la situación en la que el sujeto solicita un medicamento concreto, 
    generalmente mediante una prescripción médica o sin ella en 
    el caso de que desee automedicarse (de forma adecuada o no). La actuación 
    profesional del farmacéutico en este caso va mucho más allá 
    de la mera entrega del medicamento, sino que debe ir orientada a discriminar 
    la posible existencia de problemas potenciales, e ir acompañada de 
    instrucciones sobre la adecuada utilización del medicamento.
   
  
   
  
- Consulta o indicación farmacéutica. Este servicio se 
    realiza cuando el paciente consulta al farmacéutico sobre el posible 
    tratamiento para un problema de salud concreto, es decir, le pregunta «¿Qué 
    me da para.....?». En este caso estará siempre referido a aquellos 
    síntomas o síndromes menores para los cuales la legislación 
    permite la dispensación de un medicamento sin prescripción médica 
    o supondrá la derivación al médico en caso necesario.
   
  
   
  
- Seguimiento farmacoterapéutico personalizado. Conforme a la 
    definición, este servicio se realiza con el objetivo de conseguir la 
    máxima efectividad de los medicamentos que el paciente ha de utilizar.
- Para el correcto desarrollo de estos aspectos, debe existir 
  un Plan de Calidad Total aplicado a todo el proceso de atención farmacéutica.
 
 
CONSENSO SOBRE ATENCIÓN FARMACÉUTICA
 
 
 
2. LA DISPENSACIÓN
 
 
  
      
    2.1 Evolución del servicio de dispensación 
    
     
  
La dispensación es el servicio que generalmente supone 
  el centro de la actividad del farmacéutico y representa la principal 
  demanda del consumidor. En el modelo tradicional de farmacia, el farmacéutico 
  atiende a las necesidades del usuario por medio del llamado consejo farmacéutico. 
  Sin embargo, actualmente cabe plantearse el papel del farmacéutico ante 
  usuarios que, por sí mismos, no plantean ninguna cuestión. Los 
  elementos que introduce el cambio del modelo son fundamentalmente:
  
  
- actitud activa vs pasiva.
  
- asunción de responsabilidad profesional sobre el resultado del uso 
    del medicamento en todos los actos de dispensación vs asunción 
    de responsabilidad profesional en respuesta a un requerimiento concreto.
Dada la necesidad de evolución, se pretende diseñar 
  los elementos básicos que debe contener la mecánica del trabajo 
  del farmacéutico ante la dispensación, de manera que, este trabajo 
  no sea un fin sino un medio. Sólo si esta actividad sirve de soporte 
  para realizar atención farmacéutica clínica, tendrá 
  justificación su inclusión en el concepto de atención farmacéutica 
  orientada hacia el paciente.
 
2.2 Objetivos de este servicio en el entorno de la atención 
  farmacéutica
 
El acto de dispensación es un acto profesional complejo, 
  y nunca algo meramente mecánico, de manera que, cuando una persona acude 
  a una farmacia a por un medicamento, el farmacéutico debe tener como 
  objetivos simultáneos los siguientes:
  
  
- Entregar el medicamento y/o el producto sanitario en condiciones óptimas 
    (principal requerimiento del usuario) y de acuerdo con la normativa legal 
    vigente, y
  
- Proteger al paciente frente a la posible aparición de problemas relacionados 
    con los medicamentos.
Esto implica que, además de la entrega del medicamento, 
  este acto único de dispensación desee servir como:
 
   
    - Fuente de información para los pacientes sobre 
      la medicación que van a utilizar
     - Filtro para la detección de situaciones en las 
      que hay un riesgo de sufrir problemas relacionados con los medicamentos, 
      y
    - Fuente de información para el farmacéutico, 
      a partir de la cual tome la decisión más beneficiosa para 
      el paciente, que puede ser una de las siguiente:
    
  
  
    
    
- Dispensar el medicamento según se ha descrito, l 
  
    
    
- Ofrecer una asistencia complementaria mediante otro servicio de atención 
      farmacéutica (educación sanitaria, farmacovigilancia, seguimiento 
      farmacoterapéutico), o
  
    
    
- No dispensar sin remisión o previa consulta al médico u 
      odontólogo
2.3 Requisitos de este modelo de dispensación
 
El ejercicio de la dispensación adecuada en las farmacias 
  debe cumplir con al menos tres requisitos básicos:
  
    
    
- Ofrecer cobertura al 100% de los consumidores en España ( todo 
      aquel que reciba un medicamento debe haber tenido la oportunidad de ser 
      aconsejado en el proceso, independientemente de si éste es cliente 
      habitual u ocasional de esta farmacia). Por tanto, esto compromete igual 
      a las farmacias con usuarios habituales que a aquellas con usuarios «de 
      paso », así como a las farmacias que dispensan a residencias u otros 
      centros sociosanitarios.
  
  
- Responder a las expectativas del paciente: agilidad suficiente y eficiencia 
    en el servicio.
c) Poder integrarse en la rutina diaria del ejercicio profesional 
      del farmacéutico.
  
  
  
2.4 Diseño del servicio de dispensación
 
Una vez establecidos los objetivos perseguidos con la dispensación, 
  y los requisitos que deben cumplirse, a la hora de establecer el mecanismo de 
  la práctica en el contexto de la atención farmacéutica, 
  deberán tenerse en cuenta los siguientes elementos:
  
  
- La dispensación deberá ser la realizada siempre por un 
    farmacéutico o bajo su supervisión personal y directa. La 
    necesaria garantía sanitaria y de calidad del servicio prestado al 
    consumidor requiere la adecuada identificación del personal de la farmacia 
    en función de su cualificación técnica: farmacéuticos 
    y personal auxiliar. 
  
- La dispensación se realizará con agilidad suficiente, 
    pero en ningún caso esto condicionará la calidad de la misma. 
    Es necesario transmitir al usuario que el proceso de adquisición de 
    un medicamento puede requerir invertir un cierto tiempo, por su propio beneficio.
III. 	El farmacéutico en la dispensación 
      verificará sistemáticamente al menos que:
    - El paciente conoce el objetivo del tratamiento.
    - El paciente conoce la forma de administración 
      correcta del medicamento y,
    - Que, con la información disponible en ese momento, 
      el medicamento no es inadecuado para ese paciente (medicación 
      concomitante, otras enfermedades, embarazo, etc.).
    
    Además se valorarán todos aquellos aspectos 
      que a juicio del farmacéutico sea necesario tener en cuenta para 
      ese paciente y/o ese medicamento concreto.
    
  
  
  
- En función de verificación realizada, el farmacéutico 
    decidirá la dispensación o no del medicamento y/o remisión 
    a su médico. En caso de decidir no dispensar, siempre se proporcionará 
    al interesado información adecuada sobre el posible problema detectado, 
    pero nunca se cuestionará la actuación de otros profesionales 
    sanitarios. Es recomendable la realización de notas o breves informes 
    de remisión por escrito. Así mismo, la información al 
    paciente se proporcionará preferiblemente por escrito (puede ser ayuda 
    de trípticos, fichas, etc.).
  
  
- En la medida de lo posible, los criterios de derivación a otros servicios 
    sanitarios deberían ser consensuados con los profesionales implicados. 
    Esto supone el establecimiento de canales fluidos de comunicación con 
    los profesionales de otros niveles asistenciales, fundamentalmente de atención 
    primaria. También puede suponer la cooperación con servicios 
    sociales.
  
- Durante la dispensación, el farmacéutico valorará la 
    posibilidad o necesidad de ofrecer al paciente otros servicios farmacéuticos 
    disponibles (farmacovigilancia, educación sanitaria, seguimiento farmacoterapeútico 
    personalizado......)
  - Cada oficina de farmaria debería disponer de procedimientos normalizados 
    de trabajo (PNT) para la dispensación. En la redacción de 
    estos procedimientos deberá tenerse en cuenta que éste deben 
    responder a las cinco preguntas básicas: ¿Qué?, ¿Cómo?, 
    ¿Quién?, ¿Cuándo? y ¿Dónde? referidas al acto de la dispensación. 
    En esta actividad los PNT contemplarán casos tipo, tales como:
- Dispensación de medicamentos con receta médica.
  - Dispensación de medicamentos que no requieren receta 
    médica. En este caso el farmacéutico es posiblemente el primer, 
    y quizá único, contacto con el sistema sanitario
  y es necesario prevenir la automedicación inadecuada, 
    transformado el proceso en automedicación asistida.
  
  - Dispensación al propio paciente, o bien a un intermediario 
    (familiar, amigo, cuidador directo...) o entrega de medicación en el 
    domicilio (debe garantizarse el mismo nivel de atención que el proporcionado 
    en la farmacia).
  
  - Dispensación a pacientes institucionalizados (residencias, 
    clínicas privadas, centros sociosanitarios, etc). El farmacéutico 
    es igualmente responsable de este acto de dispensación deberá 
    establecer los mecanismos adecuados para la correcta atención farmacéutica 
    a esos pacientes.
  
  
  
- El ejercicio profesional adecuado en la dispensación exige la formación 
    continuada del farmacéutico. Además, para conseguir la máxima 
    eficiencia en el servicio, el farmacéutico fomentará y facilitará 
    la formación continuada el personal auxiliar. Dicho personal auxiliar 
    apoyará al farmacéutico en las tareas administrativas y logísticas 
    relacionadas con el acto de la dispensación.
  
- Es necesario elaborar un registro adecuado y conservar documentación 
    de las actividades realizadas en el caso de intervención, no sólo 
    los términos cuantitativos, sino fundamentalmente cualitativos.
2.5 Evaluación del servicio de 
  dispensación
 
Para garantizar el adecuado desarrollo de la dispensación, 
  y la mejora progresiva del servicio, es necesario evaluar la práctica 
  realizada.
La evaluación de basará en la valoración 
  del grado de cumplimiento de los procedimientos normalizados de trabajo para 
  esta actividad. Ésta se podrá realizar mediante:
 
   
    - Análisis del sistema de registro que permite medir 
      la actividad.
    - Observación directa del funcionamiento.
    - Entrevista a pacientes.
  
La evaluación del servicio puede hacerse internamente 
  por el propio farmacéutico responsable o por un evaluador externo.
 
2.6 Resumen: Elementos indispensables para una adecuada dispensación
 
  
    
    
- Debe ser realizada por un farmacéutico o bajo su supervisión 
      directa.
    
- Requiere la identificación de los profesionales de la farmacia 
      por su titulación.
    
- Debe cumplir los requisitos establecidos por la legislación 
      en cuanto a la exigencia de la receta médica.
    
- Requiere la elaboración de procedimientos normalizados de trabajo, 
      que contemplen al menos:
l 
  
    
    
- Quién dispensa. Criterios de atención ineludible por el 
      farmacéutico.
b) Cómo se realiza la verificación sistemática 
      del grado de conocimiento del paciente sobre su tratamiento y lo adecuado 
      del mismo a priori
    
    c) Criterios de derivación (al médico, a 
      su farmacéutico habitual, a seguimiento farmacoterapéutico 
      personalizado, a educación sanitaria....).
    
  
  
  
- Debe potenciarse la comunicación con los otros profesionales sanitarios 
    implicados en la atención a ese paciente.
  
  
- Debe realizarse el registro y la documentación de las actividades 
    realizadas en el caso de intervención, incluyendo informes de remisión 
    por escrito e información al paciente, por escrito si es necesario.
- LA CONSULTA O INDICACIÓN FARMACÉUTICA
(Medicamentos que no requieren prescripción médica)
3.1 Concepto
Se entiende por consulta o indicación farmacéutica, el servicio que es prestado ante la demanda de un paciente o usuario que llega a la farmacia sin saber qué medicamento debe adquirir, y solicita al farmacéutico el remedio más adecuado para un problema de salud concreto. Esta intervención es de gran importancia, ya que, en la mayoría de los casos, el farmacéutico es el primer o único contacto del usuario con el sistema de salud. Se simboliza con la frase «¿Que me da  para.... ?». Este proceso debe enmarcarse dentro de las actividades clínicas de atención farmacéutica ya que debe abordarse con el compromiso de cubrir las necesidades del paciente evitando la aparición de problemas relacionados con los medicamentos, siempre en un contexto de uso racional de los tratamientos y mediante la aplicación de criterios científicos y técnicos.
Parte de los objetivos han de ser comunes a dos descritos para la dispensación. La ventaja en este caso es que el paciente o usuario demanda la actuación del farmacéutico.
3.2 Objetivos de este servicio en el entorno de la atención farmacéutica
Ante una persona que realiza una consulta en la farmacia sobre un problema de salud, el farmacéutico debe tener como objetivos los siguientes:
- indicar al paciente la actitud más adecuada para resolver su problema de salud, y en su caso seleccionar un medicamento,
- resolver las dudas planteadas por el usuario o las carencias de información detectadas por el farmacéutico,
- proteger  al paciente frente a la posible aparición de problemas relacionados con los medicamentos, y
d) evaluar si el problema de salud es precisamente consecuencia de un problema relacionado con un medicamento.	
Esto supone que en el momento en que el farmacéutico es consultado, debe detectar otras necesidades y ofertar, en su caso, otros servicios de atención farmacéutica clínica (identificar pacientes susceptibles de recibir educación sanitaria, seguimiento farmacoterapéutico personalizado, etc.) o, si es necesario, la remisión al médico.
3.3 Requisitos de este modelo de consulta o indicación farmacéutica
El servicio que ofrece el farmacéutico al ser consultado sobre la especialidad farmacéutica que, sin requerir receta médica, sea más adecuada para el tratamiento de un síntoma menor, debe cumplir los siguientes requisitos:
- Disponibilidad y cobertura del 100% de los consumidores en España. Todo aquel que requiera asesoría sobre un medicamento o problema de salud debe recibir este servicio profesional de forma adecuada, independientemente de si es cliente habitual u ocasional de esa farmacia. Compromete igual a las farmacias con usuarios habituales que a aquellas con usuarios de paso.
- Responder a las expectativas del paciente: Profesionalidad y eficiencia en el servicio, suficiente grado de agilidad y confidencialidad si es requerida.
- Garantizar la seguridad en las recomendaciones y la asunción de responsabilidad sobre las consecuencias.
- Poderse integrar en el funcionamiento operativo de la farmacia.
3.4 Diseño del servicio de consulta o indicación farmacéutica
 
De acuerdo con los objetivos perseguidos ante la consulta de 
  indicación farmacéutica y con relación a los requisitos 
  que deben cumplirse, el servicio debe diseñarse teniendo en cuenta los 
  siguientes elementos:
  
    - La necesidad de realizar la consulta o indicación farmacéutica 
      con seguridad, eficiencia y profesionalidad, exige la realización 
      de guías clínicas sencillas pero robustas, para el tratamiento 
      de aquellos síntomas para los que la legislación faculta al 
      farmacéutico a indicar un medicamento. Sería muy recomendable 
      que cada farmacia dispusiera de su propia guía farmacoterapéutica 
      de especialidades destinadas a tratar estas situaciones.
    
- Debería disponerse de procedimientos normalizados de trabajo relacionados 
      con la consulta farmacéutica, que respondan a las cinco preguntas 
      básicas: ¿Qué?, ¿Cómo? ,¿Quién?, ¿Cuándo? 
      y ¿Dónde? en cuanto a la realización de esta actividad.
    
- Al ser consultado, el farmacéutico realizará sistemáticamente:
a) Una entrevista breve al paciente o usuario 
          para recoger la información imprescindible, que es al menos:
        
      
    
  
   
     
      
        
        
- motivo de consulta, descripción del problema de salud
   
     
      
        
        
- otros problemas de salud l 
   
     
      
        
        
- medicación en uso concomitante. 
   
     
      
        
        
- La evaluación del problema planteado,
c) La toma de decisión correspondiente, 
          que puede consistir en:
        
      
    
  
   
     
      
        
        
- Recomendar medidas conservadoras, dietéticas o físicas,
 
   
     
      
        
        
- Indicar una especialidad farmacéutica que no requiera receta 
          médica y seleccionada de acuerdo con la situación concreta,
   
     
      
        
        
- Ofrecer al paciente la posibilidad de recibir otro tipo de servicio 
          de atención farmacéutica clínica (educación 
          sanitaria, farmacovigilancia, seguimiento farmacoterapéutico..),
   
     
      
        
        
- Remitirle a su farmacéutico habitual (posible informa entre 
          farmacéuticos),
   
     
      
        
        
- Y/o derivarle al médico u otro profesional sanitario (odontólogo, 
          fisioterapeuta.....).
d) Siempre se dará información adecuada 
            al paciente o usuario de la recomendación realizada, preferiblemente 
            por escrito, incluso en el caso de derivación a otro profesional.
          
        
      
    
  
 
IV. Debe evitarse un tratamiento farmacológico 
  a un paciente del que no se disponga de suficiente información, por 
  no querer proporcionarla o por no acudir él mismo a la farmacia y no 
  conocer su situación la persona que solicita el medicamento.
V. Al igual que en la dispensación, en la 
  consulta farmacéutica los criterios de derivación a otros servicios 
  sanitarios deberían ser consensuados con los profesionales implicados 
  en la medica de lo posible (ej.: manejo de síntomas gripales en pacientes 
  no de riesgo y derivación al médico con criterios pactados). Esto 
  supone el establecimiento de canales fluidos de comunicación con los 
  profesionales de otros niveles asistenciales, fundamentalmente de atención 
  primaria. También puede suponer la cooperación con servicios sociales.
 
  
  
- En caso de derivación, debe elaborarse una nota o breve informe de 
    remisión, normalizado, del que debe quedar copia en la farmacia.
  
- La información al paciente sobre el medicamento indicado, pauta y 
    duración del tratamiento debe suministrarse preferiblemente por escrito.
  
- Es necesario realizar un registro adecuado de la actividad. En todos los 
    casos deberá contener:
  
    
    
-  motivo de consulta
b) decisión del farmacéutico ( tratamiento 
          indicado, derivación, otras medidas...)
        
      
    
  
  
    
    
- evaluación del resultado en la medida de lo posible
3.5 Evaluación del servicio de consulta o indicación 
  farmacéutica
 
Para garantizar el adecuado desarrollo de la consulta o indicación 
  farmacéutica, y la mejora progresiva del servicio, es necesario evaluar 
  la práctica realizada. La evaluación del proceso se basará 
  en la valoración del grado de cumplimiento de los procedimientos normalizados 
  de trabajo para esta actividad. Ésta se podrá realizar mediante:
  
    
    
- Análisis del sistema de registro que permite medir la actividad,
  
    
    
- Observación directa del funcionamiento,
La evaluación del servicio puede hacerse internamente 
  por el propio farmacéutico responsable o por un evaluador externo
 
 
3.6 Resumen: Elementos indispensables para la adecuada consulta 
  o indicación farmacéutica:
 
- Debe ser realizada por un farmacéutico. l   
- Debe cumplir los requisitos establecidos por la legislación en cuanto a la exigencia de receta médica.
- Requiere la disponibilidad de guías clínicas para la indicación al paciente de especialidades farmacéuticas que no requieren prescripción médica y selección de principios activos para esas situaciones (guía farmacoterapéutica).
  
    
    
- Debe realizarse el registro y la documentación de las actividades 
      realizadas, incluyendo informes de remisión por escrito e información 
      al paciente, por escrito si es necesario.
    
- Debe potenciarse la comunicación con los otros profesionales 
      sanitarios implicados en la atención a ese paciente.
- EL SEGUIMIENTO FARMACÓTERAPÉUTICO PERSONALIZADO
4.1. Concepto
Conforme a la definición, el seguimiento farmacoterapéutico personalizado es la práctica profesional en la que el farmacéutico se responsabiliza de las necesidades del paciente relacionadas con los medicamentos. Esto se realiza mediante la detección, prevención y   resolución  de problemas relacionados con la medicación (PRM). Este servicio implica un compromiso, y debe proveerse de forma continuada, sistematizada y documentada, en colaboración con el propio paciente y con los demás profesionales del sistema de salud, con el fin  de alcanzar resultados concretos que mejoren la calidad de vida del paciente.
El seguimiento farmacoterapéutico es un elemento necesario de la asistencia sanitaria y debe estar integrado con los otros elementos. Este servicio es proporcionado para el beneficio directo del paciente y por tanto el farmacéutico es responsable directo ante éste de la calidad de la asistencia.
Conviene destacar que el seguimiento farmacoterapéutico personalizado no constituye, en ningún caso, un intento de invadir competencias de otros miembros del equipo de salud. La colaboración multidisciplinar es indispensable para proporcionar una asistencia sanitaria global y completa. La existencia de una importante morbilidad y mortalidad asociada al uso de fármaco hace que la participación de farmacéutico en la prevención, detección y resolución de problemas relacionados con los medicamentos sea una responsabilidad ineludible, tanto por motivos legales como, lo que es más importante, por ética profesional.
En el ejercicio profesional del farmacéutico, el adecuado desarrollo del seguimiento farmacoterapéutico personalizado un esfuerzo especial del estudio y formación continua. Este esfuerzo debe estar orientado a la búsqueda de soluciones a las necesidades concretas de un sujeto determinado que acude a la farmacia.
El farmacéutico deberá desarrollar habilidades 
  nuevas, que le permitan mejorar su comunicación con el paciente y con 
  otros profesionales sanitarios (farmacéuticos de otros ámbitos, 
  médicos, personal de enfermería, odontólogos, fisioterapeutas...). 
  Esta comunicación deberá ser verbal y escrita. Debe respetarse 
  además el derecho del paciente a la información adecuada, a su 
  autonomía de decisión, y a la protección de sus datos de 
  carácter personal.
4.2 Objetivos de este servicio en el entorno de la atención farmacéutica
El servicio de seguimiento farmacoterapéutico personalizado debe pretender los siguiente objetivos:
a) Buscar la obtención de la máxima efectividad de los tratamientos farmacológicos.
b) Minimizar los riesgos asociados al uso de los medicamentos, y por tanto, mejorar la seguridad de la farmacoterapia.
c) Contribuir a la racionalización del uso de medicamentos como principal herramienta terapéutica de nuestra sociedad.
d) Mejorar la calidad de vida de los pacientes.
4.3 Requisitos del servicio de seguimiento farmacoterapéutico personalizado
 
La oferta y realización del seguimiento farmacoterapéutico 
  de un paciente concreto es un servicio novedoso y complejo que conlleva una 
  serie de exigencias y requisitos ineludibles, expuestos a continuación:
  
  
- Compromiso del farmacéutico con los resultados de la farmacoterapia 
    en cada paciente. Puesto que el contrato asistencial es un contrato de medios, 
    esto significa que el farmacéutico, de acuerdo con el paciente, asume 
    la responsabilidad de haber puesto todos los medios a su alcance para que 
    los medicamentos que éste utilice le produzcan efectos beneficiosos 
    para la salud.
  
- Garantía de continuidad en el servicio. Esto implica que el compromiso 
    anteriormente adquirido va a ser ofrecido o prestado mientras el paciente 
    esté de acuerdo con ello. 
    
   
- Disponibilidad de información actualizada sobre el paciente y su 
    tratamiento.
d) Documentación y registro de la actividad, tanto de las intervenciones realizadas como de los resultados  obtenidos.
4.4 Diseño del servicio de seguimiento farmacoterapéutico personalizado
De acuerdo con los objetivos asistenciales perseguidos con 
  la realización de este servicio, y respetando los requisitos exigidos, 
  el seguimiento del tratamiento en un paciente debe diseñarse conforme 
  a las siguientes premisas:
  
  
- Debe disponerse de procedimientos normalizados de trabajo para cada una 
    de las actividades que comprenden el servicio de seguimiento farmacoterapéutico 
    personalizado.
  
- El servicio en este caso deberá ser ofertado al paciente, ya que 
    actualmente el consumidor raramente lo demanda por si mismo. Para ello se 
    establecerán criterios de inclusión o elementos de cribaje que 
    permitan identificar los pacientes más susceptibles de beneficiarse 
    de este servicio, pero con una perspectiva de universalidad y equidad. Dado 
    que la colaboración del paciente es imprescindible, es necesario informarle 
    adecuadamente y obtener su consentimiento.
  
- La necesidad de información detallada sobre los medicamentos que 
    el paciente utiliza, exige la apertura de una historia farmacoterapéutica 
    obtenida mediante una entrevista inicial e implica su adecuado mantenimiento 
    posterior. En éste deben constar como mínimo los problemas de 
    salud del paciente, los medicamentos que utiliza (con o sin prescripción 
    médica) y los estilos de vida relevantes. Debe respetarse la legislación 
    vigente sobre protección de datos de carácter personal , registrando 
    el fichero correspondiente y garantizando la confidencialidad de la información.
  
- El seguimiento farmacoterapéutico implica satisfacer las necesidades 
    del paciente en relación con los medicamentos. Para ello debe evaluarse 
    la existencia de problemas relacionados con los medicamentos, o la posibilidad 
    de su aparición. Esto exige el estudio de la situación concreta 
    del paciente y de las posibles intervenciones farmacéuticas.
  
- En el caso de detectas posibles problemas de salud relacionados con los 
    medicamentos en ese paciente, debe producirse la intervención farmacéutica 
    para prevenir o resolver dichos problemas. Cuando la intervención pudiera 
    suponer una modificación del tratamiento prescrito por un médico, 
    o ante cualquier otra circunstancia que lo recomiende, se establecerá 
    comunicación con éste, informándole del posible problema 
    encontrado. El facultativo valorará la decisión a tomar en el 
    contexto de la enfermedad de ese paciente. 
  
- Siempre se dará adecuada información al paciente de los problemas 
    detectados y de las soluciones propuestas, respetando su autonomía 
    de decisión.
  
- Todas las actividades e intervenciones deben ser convenientemente registradas. 
    El compromiso con los resultados de la intervención exige una evaluación 
    rigurosa de los mismos.
4.5 Evaluación de la práctica del seguimiento 
  farmacoterapéutico personalizado
 
Para garantizar el adecuado desarrollo del seguimiento farmacoterapéutico, 
  y la mejora progresiva del servicio, es necesario evaluar la práctica 
  realizada 
La evaluación se basará en la valoración 
  del grado de cumplimiento de los procedimientos normalizados de trabajo para 
  esta actividad. Ésta se podrá realizar mediante:
  
  
- Análisis del sistema del registro que permite medir la actividad,
  
- Observación directa del funcionamiento
  
- Entrevista a paciente.
La evaluación del servicio puede hacerse internamente 
  por el propio farmacéutico responsable o por un evaluador externo.
Debería realizarse una valoración de las actuaciones 
  en función de los resultados obtenidos en salud, clasificados en función 
  de su relevancia o importancia y, en la medida de lo posible, haciendo una evaluación 
  de impacto económico de la actividad. Además, puesto que se pretende 
  una práctica integrada en el Sistema de Salud, debe tenerse en consideración 
  la valoración de este servicio por parte de los demás profesionales 
  sanitarios.
 
 
4.6 Resumen: Elementos indispensables para el adecuado seguimiento 
  farmacoterapéutico personalizado
 
 
- Acuerdo previo farmacéutico-paciente l   
- Disponibilidad de procedimientos normalizados de trabajo para la información al paciente, entrevista inicial, evaluación de la situación, intervención farmacéutica, y comunicación con otros profesionales.
- Recogida de información suficiente sobre las necesidades del paciente en relación con su farmacoterapia.
- Debe realizarse el registro y la documentación de las actividades realizadas, incluyendo informes de remisión por escrito e información al paciente por escrito.
- Debe potenciarse la comunicación con los otros profesionales sanitarios implicados en la atención a ese paciente.
- CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
El ejercicio de la atención farmacéutica de forma integral es un proceso evolutivo que parte de la práctica profesional tradicional. Este proceso requiere una adaptación del farmacéutico y de su entorno, con el fin de que toda la práctica se dirija hacia la satisfacción de las  necesidades del paciente en relación con los medicamentos que utiliza.
Es un hecho que los ciudadanos a menudo tienen problemas cuando utilizan los medicamentos, por múltiples motivos, asociados a la complejidad de nuestra sociedad y de la propia terapia. Ante este suceso el farmacéutico no puede eludir su responsabilidad en el proceso asistencial, utilizando sus conocimientos para minimizar en lo posible la aparición de esos problemas, y contribuyendo a resolverlos lo antes posible cuando aparezcan. Este objetivo sólo puede lograrse orientando todas las actividades de la farmacia hacia una misma dirección, e implicándose en el equipo asistencial.
Esto requiere un esfuerzo indudable, y la superación de dificultades que son menores a medida que se avanza en la tarea. Ante el reto planteado, los avances de la tecnología y, sobre todo, el trabajo en equipo, son herramientas de gran ayuda para el crecimiento y desarrollo de una buena labor asistencial. El marco legislativo existente, y el aval de la publicaciones científicas, constituyen un respaldo suficiente para aquellos que se inician ahora en este camino.
Este documento es un punto de partida. A partir de los conceptos básicos planteados, es lógico que los profesionales desarrollen su práctica habitual conforme a su propio criterio y situación, puesto que la existencia de diferencias es algo innato al desarrollo de cualquier profesión. El objetivo perseguido merece el esfuerzo a realizar.
6.BIBLIOGRAFíA 
- Alvarez de Toledo F. Estudio TOMCOR.  Ponencia presentada en el (I i Congreso Nacional de Atención Farmacéutica».  San Sebastián 1999.
  
  
- Asociación Farmacéutica Americana. Obra'90. Guía práctica 
    para poner en marcha la atención farmacéutica.
  
  
- Baos V. Sin receta. La automedicación correcta y responsable. Madrid. 
    Colección Fin de Siglo. Ediciones Temas de Hoy. 1996.
  
  
- Barbero JA, Alfonso T. Detección y resolución de problemas 
    relacionados con los medicamentos en la farmacia comunitaria: una aproximación. 
    Pharm care Esp 1999; 1: 113-122.
  
  
- Bates DW, Spell N, Cullen DJ et al. The cost of adverse drug events ín 
    hospitalized patients. JAMA 1997; 277:370-311.
  
  
- Cipolle R, Strand L, Morley P. El ejercicio de la Atención Farmacéutica 
    ( traducción de Pharmaceutical Care Practice,1998). McGraw-Hill, 2000.
  
  
- Cipolle R, Strand LM, Modey P et al. The outcomes of pharmaceutical care 
    practice. Pharm Care Esp 2000; 2:94-106.
  
  
- Colegio Oficial de Farmacéuticos de Guipúzcoa. I Congreso 
    Nacional de Atención Farmacéutica. San Sebastián, 1 999
  
  
- Colegio Oficial de Farmacéuticos de Vizcaya. Manual de gestión 
    de la calidad en la oficina de farmacia / Osasun. Bilbao, 2000.
  
  
- Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos. Catálogo 
    de Especialidades Farmacéuticas. Madrid 2000.
  
  
- Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos. Informe Libro 
    Blanco. La aportación del Farmacéutico a la calidad de la asistencia 
    sanitaria en España.
	...............
  
  
- Consenso de Granada sobre Problemas Relacionados con Medicamentos. Pharm 
    care Esp 1999; 1: 107-112.
  
  
- Domínguez-Gil Hurié, A. «Los acontecimientos adversos producidos 
    por dicamentos: una patología emergente». Discurso de ingreso en la 
    Real Academia de Farmacia. Real Academia de Farmacia. Instituto de España. 
    Madrid, 1999.
  
  
- Faus M J , Martínez F: La Atención Farmacéutica en 
    Farmacia Comunitaria.: evolución de conceptos, necesidades de formación, 
    modalidades y estrategias para su puesta en marcha- Pharm Care Esp 1999; 1:52-61.
  
  
- Fídalgo Garcia ML, Martínez Cortez M, Gil Nebot MA. Automedícación 
    en un área sanitaria rural: análisis a través de las 
    oficinas de farmacia. Farm Clin 1992; 9:844-853.
- Fundación Pharmaceutical Care España.  Manual de procedimientos en Atención Farrmacéutica.  Barcelona, 1999.
  
  
- Castelurrutia MA, Soto E. Pharmaceutical Car: ¿Atención Farmacéutica 
    o seguimiento de los tratamientos farmacológicos?. Pharm Care Esp 1999; 
    1:323-328.
- Hepier C, Strand L Opprtuníties and responsabilities in Pharmaceutical Care.  Am J Hos Pharm. 1990,47:533-43.
- Hepier CD.Práctica y formación farmacéutica para el 2010.Farmac Clin 1997;14: 39-41.
- Hepier CD.  Toward systematic improvement of medicines use in community practice.  A new perspecdve on pharmaceuticaf care.  PharmCare Esp 1999;1: 428-457.
- Hidalgo A  Garcla J, Carvajal A. Mortalidad y morbilidad producida por fármacos.  Aproximación a su magnitud en nuestro medio.  Pharm Care Esp 1999;1: 179-186.
- Instituto Nacional de la Salud. Subdirección General de Atención Primaria. Cartera de servicios de Atención Primaria. Definiciones, criterios de acreditación, indicadores de cobertura y normas técnicas. Madrid, 2000.
- Johnson )A, Bootman JL. Drrug related mmorbidity and mortality. A cost-of-ilnees model. Arch lntern Med 1995; 155: 1949-1956.
- Ley 2511990, de 20 de diciembre, de¡ Medicamento.
- Ley 16/1997, de 25 de abril, de regulación de servicios de las oficinas de farmacia.
- Ley  31/1991, de 13 de diciembre, de ordenación farmacéutica de Cataluña
- Ley 11/1994, de 17 de junio, de ordenación farmacéutica de la Comunidad Autónoma de¡ País Vasco.
- Ley 3/ 1996, de 25 de junio, de atención farmacéutica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificada por la Ley 1/ 1997, de 16 de enero.
- Ley 4/1996, de 26 de diciembre, de ordenación del servicio farmacéutico de Castilla-La mancha, modificada por la Ley 4/1998, de 9 de junio, y la Ley 10/2000, de 26 de diciembre.
- Ley 3/1997, de 28 de mayo, de ordenación farmacéutica de la región de Murcia.
- Ley  5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica de Galicia.
- Ley 8/1998, de 16 de junio, de ordenación farmacéutica de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Ley 6/1998, de 22 de junio, de ordenación farmacéutica de la Comunidad Valenciana
- Ley 7/1998, de 12 de noviembre, de ordenación farmacéutica de las islas Baleares
- Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de ordenación y atención farmacéutica de la Comunidad de Madrid.
- Ley 4/1999, de 25 de marzo, de ordenación farmacéutica para Aragón, modificada por la Ley 2/ 2001, de 8 de marzo.
- Ley Foral 12/2000, de 16 de noviembre, de Atención Farmacéutica (Comunidad Foral de Navarra).
- Ley 10/2000, de 9 de diciembre, por la que se amplía el servicio farmacéutico en Castilla y  León.
- Manasse HR.  Medication use in an imperfect world  Part  I . Drug misadventuring as a issue of publíc poiicy.  Am J Hosp Pharm 1989; 46: 929-944.
- Manasse HR.  Medication use in an ímperfect world.  Part II.  Drug misadventuring as a issue oí public policy.  Am J Hosp Pharm 1989; 46: 1141-1152.
- Martínez Romero F. Manual de Procedimientos en una Farmacia de Comunidad.  NAU Llibres 1995.
- National Health Service.  Pharmacy in the future- implementing the NHS Plan.  Londres, 2000.
- Normas de correcta atención farmacéutica.  Colegio oficial de Farmacéuticos de  Madrid.  Madrid 1998.
- Organización Mundial de la Salud. Informe de la reunión de la OMS en Tokio, Japón, en 1993.  El papel de¡ farmacéutico en el sistema de atención de la salud.  Pharm Care F-sp 1999; 207-1 1.
- Papel y competencias de¡ farmacéutico.  Pharrn Care 2000; 2. Número completo.
- Plaza F, Díez MV.  Implantación de la Atención Farmacéutica.  Sistemas de retribución y papel de la Administración   Pharm Care Esp 2000; 2:1932-2000.
- Real Decreto 63/1995, de 20 de junio, que regula la ordenación de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud.
- Resolución ResAP (2001) 2 sobre el papel de los farmacéuticos en el marco de la seguridad sanitaria.  Consejo de Europa.
  - Zamain Tamargo E, Llavona Hevia A. Protocolos para la atención farmacéutica 
    de los trastornos menores. Farm CJin 1994; 11:312-325.